Estimados/a Clientes/as,
Con el objetivo de evitar aumentos excesivos en los precios de los alquileres, el Instituto Nacional de Estadística ha establecido un índice de referencia para la actualización anual de los contratos de arrendamiento de vivienda, conforme a la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda. Este índice limita el incremento de la renta de los alquileres y se basa en una combinación de los siguientes elementos:
- Índice de Precios de Consumo (IPC): La tasa de variación anual del IPC será uno de los elementos considerados en el cálculo del índice de referencia.
- Índice de Precios de Consumo Subyacente: Este índice, que excluye ciertos elementos volátiles como alimentos no elaborados y productos energéticos, también es tomado en cuenta.
- Tasa de Variación Anual Media Ajustada: Se calcula a partir de la diferencia entre ambos índices mencionados (IPC y Subyacente), ajustada con dos parámetros definidos por el Ministerio de Vivienda y el Ministerio de Economía.
- Solo se aplica a alquileres firmados después del 25 de mayo de 2023, siempre que el contrato prevea la actualización anual y se avise al inquilino con 30 días de antelación.
- Quedan fuera los alquiles temporales, de habitaciones, así como oficinas, locales o garajes.
- Aplicación: Los efectos de esta resolución se aplican desde el 1 de enero de 2025.
La resolución establece que el valor final de la tasa de actualización de la renta se determinará por el mínimo valor entre estos tres índices, lo que garantiza una moderación en los aumentos anuales del alquiler. Además, el Instituto Nacional de Estadística publicará mensualmente este índice con los datos más recientes disponibles, comenzando en enero de 2025.
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